Sus poseedores o tenedores son socios propietarios de la sociedad, denominados Accionistas, en proporción a su participación, es decir, en proporción al valor total de la suma de sus acciones en propiedad. Estos títulos, le dan al accionista, el carácter de tal, y por ende, recibe derechos y obligaciones en su desempeño en la sociedad La Sociedad en comandita por acciones, S. en C. Es una variante de la Sociedad Anónima, es una sociedad de capitales. Son compatibles las normas que regulan la S.A. Su capital social está establecido por acciones, que se pueden transmitir libremente, sin que se debe seguir las reglas de la Ley General de Sociedades. Las partes pueden concretar la compraventa de las acciones sin autorización previa, simultánea o posterior de la sociedad salvo que su contrato constitutivo vigente disponga lo contrario. Efecto Legal. La compraventa de las acciones es válida desde la fecha del contrato sólo entre la vendedora y la compradora.